Durante el mes de febrero, debemos presentar nuestra siniestralidad relacionada con los riesgos de trabajo ocurridos en nuestras empresas durante el ejercicio pasado, conforme a lo establecido en el Artículo 74 de la Ley del Seguro Social (LSS) y el Artículo 32-I del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
Para conocer el proceso, realicemos el cálculo de la prima que tendrá vigencia a partir del 01 de marzo del presente año (art. 32-III RACERF).
Pasos para realizar el cálculo de la Prima Anual de Riesgos de Trabajo
1.- Recopilacion de documentacion
Es obligatorio que nuestro expediente de cada caso de Riesgo de Trabajo (RT) contenga:
- Formato ST7 (importante para verificar que el caso fue aceptado como RT)
- Control interno de RT
- Control consecutivo de todas las incapacidades
- Formato de alta ST2
- En su caso, incapacidades y altas ST2 por recaídas
- En su caso, formato ST3 inicial y/o definitivo
En relación al punto B, un ejemplo de control administrativo interno de nuestros casos de RT terminados en el ejercicio anterior (según el artículo 34 del RACERF) podría ser:
2.- Aplicación de la fórmula
Para el cálculo utilizaremos la fórmula que nos determina el art. 72 de la LSS:
Artículo 72. Para los efectos de la fijación de primas a cubrir por el seguro de riesgos de trabajo, las empresas deberán calcular sus primas, multiplicando la siniestralidad de la empresa por un factor de prima, y al producto se le sumará el 0.005. El resultado será la prima a aplicar sobre los salarios de cotización, conforme a la fórmula siguiente:
Prima = [(S/365) + V * (I + D)] * (F/N) + M
3.- Desarrollo del cálculo
Con la información recopilada en los pasos anteriores, procederemos a calcular la variable «N». Esta variable representa la suma de los días cotizados por los trabajadores en cada mes, dividida entre los 365 días del año. Este dato se obtiene de la hoja de total de cuotas proporcionada por el SUA.
En este caso, el total de días cotizados del ejercicio anterior es 566:
Número de días promedio de trabajadores expuestos al riesgo | |
Enero | 31 |
Febrero | 28 |
Marzo | 31 |
Abril | 30 |
Mayo | 31 |
Junio | 30 |
Julio | 62 |
Agosto | 50 |
Septiembre | 50 |
Octubre | 62 |
Noviembre | 68 |
Diciembre | 93 |
Suma | 566 |
Días del año | 365 |
Número trab | 1.5 |
Prom. Exp. riesgo |
Del control administrativo interno mencionado en el inciso 1, sumamos los días de incapacidad por cada caso terminado en el ejercicio anterior (variable ‘S’). También sumamos los porcentajes de las ST3 (variable ‘I’) y las defunciones (variable ‘D’).
A continuación, sustituimos los valores dados:
- Casos de RT terminados del ejercicio anterior: 1 (uno)
- S = 10 (días de incapacidad)
- I = 0
- D = 0
- V = 28
- N = 1.5
- F = 2.3 (este patrón no cuenta con sistema de seguridad e higiene avalado por la STPS).
- M = 0.005 (prima mínima de ley)
- Prima anterior del patrón: 2.31244%
Por último, verificamos que el resultado sea el mismo que lo que tengamos capturado en el SUA. Luego, generamos y presentamos el archivo .dap en el módulo “dapsua” del IDSE, a más tardar, el último día de febrero.
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