Si existe el teletrabajo en nuestra empresa, debemos saber que, en junio de este año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Norma Oficial Mexicana 037, que regula las condiciones de esta modalidad y establece indicaciones que todo patrón debe acatar. Te invitamos a conocer los aspectos más importantes sobre esta norma, que entrará en vigor en diciembre del 2023.
6 puntos relevantes sobre la norma 037
Primero, vale señalar que existen otras tres normas vigentes, que complementan la 037: la 019 (Organización de Seguridad e Higiene), la 030 (Servicios Preventivos de Seguridad y Salud), y la 035 (Factores de riesgo Psicosocial).
Respecto a la norma 037, algunos de los principales aspectos a considerar, son los siguientes:
1. El patrón debe enlistar sus empleados en home office
Según el punto 5 de la norma 037, relativo a las obligaciones del patrón, es necesario que se redacte un listado de las personas que trabajan en la modalidad del teletrabajo, detallando su nombre, género, estado civil, nombre del puesto, actividades a desarrollar, razón social y datos de contacto. A su vez, este debe incluir una lista de lugares de trabajo en casa, propuesta por el mismo colaborador.
2. Debe brindarse el equipo de cómputo y las herramientas para trabajar
Otra de las obligaciones patronales referentes al trabajo remoto más importantes es que deben entregar al colaborador el equipo de cómputo con el cual trabajará.
Asimismo, acorde al punto 5.7, también deben proporcionar una silla ergonómica, apropiada a las actividades que se realizarán, y otros elementos que velen por las buenas condiciones del colaborador.
3. Deben cumplirse requisitos de bienestar del teletrabajo
Todavía hablando del bienestar del trabajador, vale resaltar que el punto 7.1 indica las diferentes condiciones de seguridad y salud que se requieren en el sitio de trabajo a distancia, las que se pueden corroborar con una visita, si se toma un acuerdo previo con el colaborador.
Entre ellas, se esclarece que el área de trabajo debería estar correctamente iluminada, que no deslumbre ni provoque fatiga visual. Igualmente, ha de tener una temperatura y ventilación agradables, así como niveles de ruido que no afecten al colaborador.
4. Se debe respetar el derecho a la desconexión
Posteriormente, en el punto 7.3, se establece que cualquier persona que realice home office debe disfrutar pausas adecuadas, de modo que se debe respetar la desconexión; es decir, el derecho a no trabajar más de lo contractual.
5. Es necesario impedir el aislamiento
Esto se complementa con el punto 5.2, que indica la necesidad de contar con mecanismos de comunicación (o eventos, como reuniones presenciales) que eviten el aislamiento social de los teletrabajadores.
6. Es reversible
Ahora bien, la norma 037 establece que, si el trabajador informa al patrón sobre algún factor que altere las condiciones de su trabajo remoto, misma que justifique el regreso al trabajo presencial, o este desee volver, tendrá el derecho de hacerlo.
En resumen, esta norma cuida los derechos de las personas que trabajan en home office, velando porque no sean inferiores a los que tienen en la modalidad presencial. Por lo mismo, esta delimita las obligaciones del patrón y esclarece las obligaciones de los empleados, quienes deben cumplir con la Política de Teletrabajo.
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